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SCJN admite a trámite controversia constitucional promovida por síndico de Pantelhó

SCJN admite a trámite controversia constitucional promovida por síndico de Pantelhó
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió este miércoles a tramite la controversia constitucional 184/2021, presentada por la Sindico Municipal de Pantelho, Chiapas y concede la suspensión de cualquier resolución del H. Congreso del Estado tendiente a desparecer a ese ayuntamiento o a privar de su cargo a alguno de sus miembros, entre tanto la SCJN determina la constitucionalidad de su proceder.
 
Cabe precisar que la citada controversia se da luego del desafuero del Presidente Municipal electo el pasado 6 de junio y quien entro en funciones el 1º de octubre de este año. Al citado presidente se le “desaforo” luego que de que la Fiscalía General del Estado lo solicitara, en función de la carpeta de investigación abierta en su contra por el delito de homicidio calificado (FGE/0716/221). Mas aun, sirvieron de indicios para que la suspensión se otorgara, las manifestaciones publicas y en redes de algunos diputados quienes advertían sobre la posibilidad de instalar un concejo municipal en aquel municipio.
 
Es de destacarse que en la demanda de controversia constitucional se enfatizo que,  si bien es cierto, las legislaturas de los Estados tienen la facultad de suspender y revocar el mandato a alguno de los miembros del ayuntamiento o declarar que este ha desparecido, solo procederá por alguna de las causas graves que la ley prevenga y siempre y cuando los ediles hayan tenido la oportunidad de acudir a un procedimiento cierto y normado donde se cumplan las formalidades propias de todo Estado democrático de derecho, una cuestión de la que adolece la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia Municipal del Estado de Chiapas, pudiendo dar lugar a la arbitrariedad.
 
A la defensa constitucional se agregan los juicios de amparo números 1096/2021 y 107172021 sendos juzgados federales de este circuito judicial. Por otra parte, sera el ministro de la SCJN, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el instructor en la presente causa.

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