Daniela Alfaro
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito ha declarado la inconstitucionalidad de la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM). Esta decisión se produce en respuesta a un juicio de amparo presentado por un contribuyente afectado por acciones de la ANAM.
Según el tribunal, la creación de la ANAM a través de un reglamento entra en conflicto con las facultades exclusivas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) posee en materia aduanera, según lo establecido por la Ley del SAT emitida por el Poder Legislativo. Este fallo, aunque protege al contribuyente que presentó la queja, plantea cuestionamientos sobre la validez general de la estructura y funciones de la ANAM.
Al resolver el juicio de amparo, el tribunal planteó la interrogante sobre si el presidente de la República puede crear reglamentos para conferir atribuciones del SAT a la ANAM. Esto se debe a la duda sobre si el Ejecutivo federal estaba facultado para ello, considerando que estas funciones fueron inicialmente otorgadas al SAT por el Poder Legislativo.
La resolución del tribunal destaca que, si bien el Ejecutivo federal tiene la capacidad de crear reglamentos, estos deben ajustarse a lo establecido por la ley. En este sentido, el tribunal concluyó que se había traspasado de manera indebida facultades de la autoridad fiscal a la agencia aduanera mediante la creación de reglamentos.
Es importante recordar que la ANAM fue formalmente establecida en 2022, tras la publicación de reformas a los reglamentos de Hacienda y del SAT en 2021, así como la emisión del Reglamento Interior de la nueva agencia aduanera. Estos reglamentos otorgaron a la ANAM diversas atribuciones en comercio exterior y aduanas que previamente estaban bajo la responsabilidad del SAT.