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La ley permite que la Guardia Nacional sí pueda hacer operativos rutinarios

La ley permite que la Guardia Nacional sí pueda hacer operativos rutinarios
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Carlos Álvarez

De acuerdo al Diario Oficial de la Federación uno de los principios de la Guardia Nacional es el de salvaguardar la integridad de los ciudadanos, para lo que se prioriza la prevención de comisión de delitos y de faltas administrativas. Por ende, la Guardia Nacional puede vigilar y custodiar, a solicitud de autoridades estatales y locales que se les considere competentes, con el fin de prevenir delitos, esto refiere a que, a diferencia de lo que señalan algunas ONG, la Guardia no solo tiene la disposición, sino que está obligada a la realización de operativos con el fin de vigilar y prevenir delitos.

Por ejemplo, recientemente el Instituto Nacional de Migración (INM) informó que en apego a ley se desplegó la Guardia Nacional para impedir el paso del contingente de migrantes en la Estación Siglo XXI, en Tapachula. A diferencia de lo que algunas asociaciones civiles consideran, la Guardia Nacional sí puede intervenir en materia de migración debido a que la entrada ilegal al territorio mexicano se trata de una falta administrativa.

El decreto que expide la Ley de la Guardia Nacional, publicado el 27 de mayo de 2019, refiere, específicamente el Artículo 6, párrafo IV, Artículo 7, párrafo I, VI, Artículo 9, párrafo V, VII, que la Guardia Nacional se encuentra a disposición de colaborar con entidades federativas, estatales y municipales, así como los programas a los que estén sujetos serán parte de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, de igual manera, puede fungir como policía procesal si le requiere.

Tiempo atrás la Comisión Nacional de Derechos Humanos impugnó tres artículos de los 51 que integran la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 13 de la Ley de la Guardia Nacional, señalando que revisiones, operativos constantes, así como el uso de la fuerza en manifestaciones que se tornen violentas, refieren acciones de inconstitucionalidad.

La CNDH también solicitó a la Suprema Corte de la Nación la revisión del nivel de constitucionalidad el hecho de que los integrantes de la Guardia Nacional cuenten con la facultad para investigar, inspeccionar, verificar y solicitar información sin una denuncia implica una violación de los derechos humanos.

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