Sr. López
Hace mucho le conté de tía Arcelia, de las de Autlán, que decía muy en serio que tío Marco, su esposo, era muy injusto y muy exagerado, porque no tomó en cuenta que durante casi 20 años de matrimonio, le había sido fiel y que “por una vez”, era el colmo que la hubiera dejado. No era de aritmética la cosa.
La Presidenta hizo saber a la nación de su iniciativa de reformas legales que harán de la extorsión un delito que se perseguirá de oficio, esto es, haya o no denuncia o querella, la autoridad tendrá obligación de perseguir ese delito. Está bien, lo entiende un cerebro de metate.
Sin embargo, otra vez (¡otra vez!), la autoridad recurre a hacer o reformar de leyes para resolver algo, como si la ley fuera una pócima, cuando las leyes no son sino papel con tinta si no se aplican; son como unareceta médica sin surtir, no se curará el enfermo y el enfermo es México.
No son ganas de llevar la contra de este menda, sino de no formar parte de la indiferencia general que deja hacer, deja pasar, toda ocurrencia del gobierno.
Decirnos ahora, después de ver crecer este delito años y años, que es necesaria una reforma a la Constitución para perseguirlo efectivamente, es una burla. Además: no es cierto. La extorsión la hacen criminales pertenecientes a la delincuencia organizada, que se persigue de oficio, ¡caramba!
Y si se va a reformar algo, no debería ser la Constitución, bastaría con meterle mano a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, que está vigente, para modificar su absurdo artículo segundo que dice:
“Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:” (y enlista algunos delitos).
¿Qué está mal en eso?, lo de “los delitos siguientes”, ¡nada de árboles!, tres o más se organizan para delinquir, son delincuencia organizada. Punto. Cometan el delito que cometan. Además, ya está así en el artículo 164 del Código Penal Federal, pero con otro nombre, “asociación delictuosa”, que es la asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, sin andar haciendo listas de delitos, que dejan fuera infinidad de conductas ilícitas y le da a las bandas criminales el recetario de qué sípueden hacer. Nuestras leyes son barrocas y están llenas de agujeros. Hay que simplificar, hay que hacerlas de sentido común. Sin tanto enredo.
Nomás una advertencia: ni los que legislan ni los que elaboran iniciativas de ley o sus reformas, son estúpidos. No señor. Las piensan. Esa diferencia entre las leyes contra delincuencia organizada y contra la asociación delictuosa, algo tiene que ver con una concepción del derecho, un poquitín peligrosa: la teoría del derecho penal del enemigo. Vamos por partes.
Esa teoría es de un jurista alemán reputadísimo (‘reputado’, linda palabra), Günther Jakobs, quien por ahí de 1985 empezó con el tema. Muy a brocha gorda pero sin imprecisiones, el asunto se resume en que -según don Günther-, entre quienes cometen ilícitos, se debe distinguir los que son personas con todos los derechos humanos que eso implica y los que pierden esa condición, las no-personas.
Persona, según Günther (ya en confianza), es aquél que a pesar de haber cometido un delito, no es esa su conducta habitual y normalmente se conduce respetando la ley. Y no es persona aquél que por su conducta habitual contra la ley, el terrorista, el miembro de la delincuencia organizada, el que viola gravemente los derechos humanos de los demás, es un peligro para la sociedad, un enemigo del Estado… y a esos, plantea nuestro amigo Günther, no se le puede considerar persona, pierden sus derechos humanos, y la ley no los puede tratar como a las personas (Bukele ha de llevarse con Günther, parece).
Así, siempre según Günther, debe haber derecho penal del ciudadano y derecho penal del enemigo en el que las sanciones impuestas a los no-personas, deben considerar que esa conducta de habitual ruptura de las normas, se repetirá en el futuro (¡zaz!, castigar hasta por delitos no cometidos). Si le interesa, busque por su cuenta, ‘Sociedad, norma y persona en una teoría de un Derecho penal funcional’, de Günther.
Por supuesto son muchísimos los juristas que se oponen a esta teoría y advierten que es un paso a ladestrucción autoritaria del estado de derecho. De acuerdo, es una barbajanada… dígale al papá de las tres niñitas asesinadas en estos días, que el asesino es una persona o a los deudos de los cientos de miles de muertos por el fentanilo mal hecho que venden nuestros narcos.
Y en nuestro país asoma esa teoría. ¿Lo duda?, bueno, el arraigo existe y significa encarcelar gente sin saber si es culpable de algo, eso no tiene apariencia de buen derecho ni de respeto a la persona; o que el condenado por ser del crimen organizado no sea internado en penal cercano a su domicilio habitual, pierda sus propiedades, no pueda recibir visitas de terceros (solo de su abogado)… eso es tratarlos como enemigos de la sociedad, como un peligro para el Estado y… pensándolo bien, eso son. El objetivo del derecho penal del enemigo es aislar definitivamente de la sociedad a esos no-personas. Se oye horrible, pero es más horrible que los derechos humanos de toda la sociedad pendan de un hilo, sujetos a los abusos de los criminales.
Pero nuestro problemas es el de siempre, qué tristeza: no necesitamos mejores leyes, necesitamos que se apliquen; y con más leyes más severas, lo que sucede es que suben las tarifas que se cobra a las bandas de criminales por protegerlas.
Dejen de manosear códigos, la reforma es del sistema y sí se puede, nada más que hay que gastarle. Por cierto, qué raro que para este año esta Presidentahaya reducido 315 mil millones de pesos el presupuesto destinado a seguridad, asuntos de orden público y justicia, el más bajo desde 2010. Ahí está el detalle, es cuento.