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Similares y conexos / La Feria

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Sr. López

 

Tía Creta (derivación inexplicable de su nombre: Lucrecia), se divorció de su primer marido porque era “muy mentiroso”; y del segundo, que también era mentiroso, nunca se separó. Una vez, la tía Elena, siempre imprudente, le dijo que por qué y la Creta con extraña lucidez le contestó: -Mi primer marido era mitómano, se creía sus mentiras y era imposible vivir con uno así; este me engaña, pero no confunde la realidad con sus fantasías… es muy distinto –bueno, cada quien.

 

Usted qué prefiere: un político que no mienta nunca pero que piense y actúe equivocadamente, aunque sin mala intención; o un político que dice mentiras pero sí capta la realidad. El primero no es que sea menso, es que vive en la Luna y eso es muy peligroso (y peor si es terco).

 

El pasado viernes 22 de junio dijo el Pejesús a sus discípulos: “Vamos a fortalecer valores culturales, morales, espirituales, entre todos…”, y un cielo impasible, despliega su curva. ¡Ay, qué emoción!, ya siente uno que se le empapa el pensamiento con la fragancia del Edén perdido.

 

Predicaba en Ciudad Victoria, Tamaulipas, y por eso mero habló de que habrá justicia: “ante todo se va a poner por delante la justicia” (pues claro, si es “ante todo”, es “por delante”)… ¡ay! don Peje, con usted, sin ver a Dios se siente su presencia.

 

En esta su tercera venida por la presidencia, el Pejesús dijo que realizará una consulta para combatir la inseguridad y la violencia (“… tenemos que buscar la paz, lo vamos a conseguir y voy a pedir que todos participemos, necesitamos firmar acuerdos de paz”, sentenció), y adelantó que para el 1 de diciembre ya se sabrá si se implementa o no la amnistía para delincuentes. ¡Jesucristo-placa-tu-ira!, otra vez… de plano no se ayuda.

 

Amnistía viene del griego “amnestia”, olvido, y es solo eso don Peje, que el Estado olvide, no perdone, no, sino que borre como si nunca hubiera pasado algún delito político (sedición, conspiración), y hasta traición a la patria, como la de los mexicanos que combatieron del lado de los franceses cuando el imperio de don Max, amnistiados por el Congreso mediante ley promulgada por Juárez el 13 de octubre de 1870: “Artículo 1º. Se concede amnistía a todos los individuos que, hasta el 19 del mes de septiembre próximo pasado, hayan sido culpables de infidencia a la patria, de sedición, conspiración y demás delitos del orden público, así como a los militares que hasta la misma fecha hayan cometido el de deserción…” (y lo hicieron para no tener que fusilar a algunos miles de compañeros de nacionalidad). Por eso las amnistías tienen plazo y destinatarios específicos.

 

La amnistía nunca se ha usado para olvidar delitos comunes, los que -a brocha gorda-, afectan directamente a las personas: homicidio, secuestro, extorsión, robo, tráfico y explotación de personas, violación, amenazas, daño en propiedad ajena y el largo etcétera del amplio abanico de lo que hoy en México llamamos “delincuencia organizada”, que no es únicamente el tráfico de drogas, que eso, mañana se puede declarar legal y sanseacabó (como pasó con el alcohol en los EUA). El Estado puede “olvidar” delitos políticos y los actos relacionados con ellos (como los muertos en combates guerrilleros), pero no va a andar olvidando a nombre de unos papás, el secuestro, mutilación o asesinato de uno de sus hijos.

 

Siempre ha sido facultad exclusiva del Congreso conceder amnistías o indultos; desde nuestra Constitución de 1824, artículo 50 fracción XXV, y todas las demás hasta la de 1917, artículo 73-XXIII, que es la ahora vigente. No es algo que previa “consulta popular” pueda decretar un Presidente. NO.

 

Cinco amnistías se han otorgado aparte de la que promulgó Juárez (decretada por el Congreso): la del 27 de julio de 1872, promulgada por Lerdo de Tejada, “por delitos políticos”; la del 5 de febrero de 1937 -Lázaro Cárdenas-, para amnistiar “militares que hubieran cometido el delito de rebelión y a civiles responsables de delitos de rebelión, sedición, asonada o motín”, refiriéndose a los movimientos y alzamientos armados contra el gobierno, antes y hasta la fecha de promulgación de esa ley de amnistía del Congreso; la del 31 de diciembre de 1940, promulgada por Ávila Camacho, en favor de “civiles y militares responsables de delitos políticos”; la del 18 de mayo de 1976 -publicada por el sanísimo Luis Echeverría-, decretada “para los procesados por delitos de sedición, invitación a la rebelión, resistencia de particulares y conexos, cometidos durante el conflicto estudiantil de 1968”; y la del 28 de septiembre de 1978, publicada por López Portillo, para amnistiar a los guerrilleros: “militantes de grupos políticos, armados y pacíficos, urbanos y rurales” (Partido de los Pobres, Movimiento de Acción Revolucionaria, Liga Comunista 23 de Septiembre, etc.)

 

Si se fijara el Pejecutivo antes de ofrecer imposibles, le evitaría pasar vergüenzas y dar explicaciones sin pies ni cabeza a personas que sí saben, como su “secretaria de Gobernación” (?) Olga Sánchez Cordero, exministra de la Suprema Corte, que el pasado 10 de abril hizo el ridículo en un debate en la radio con gente de los otros candidatos: “El presidente manda la iniciativa y al final la última palabra es del Congreso, no es decisión de una sola persona (…) Es una ley general (?) pero con universo determinado (??) de personas… tiene una temporalidad… Es muy específica en sus hipótesis, en sus plazos, sin olvidar a las víctimas”. ¡Doñita!, en las amnistías no hay víctimas, ¿no entienden?: se olvida, como si jamás hubiera pasado nada. Eso es una amnistía, por eso es para delitos políticos, aunque hayan habido balazos y fiambres.

 

Suponiendo (es gratis), que el Pejecutivo cercara con sus huestes al Congreso, y consiguiera una amnistía para delincuentes comunes, ¿qué le va a decir al Trump?… fíjese que acá los secuestradores, sicarios y narcos, tienen amnistía, así que ya se puede ir ahorrando sus solicitudes de extradición… y nos van devolviendo al Chapo, similares y conexos.

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