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Sanciona IEPC incumplimiento de cuota de jóvenes en candidaturas

Sanciona IEPC incumplimiento de cuota de jóvenes en candidaturas
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  • El 20% de las candidaturas que presenten los partidos políticos, deben ser para menores de 25 años.
  • 2 mil 097 jóvenes fueron postulados por partidos políticos y candidaturas independientes a un cargo de elección popular.

 

En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó sanciones a diversos partidos políticos y candidatos independientes, que no cumplieron con la cuota mínima de una quinta parte de candidaturas a jóvenes menores de 25 años, como establecen los artículos 30 de la Constitución Política del Estado y 270 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana.

 

Al respecto, el Consejero Presidente, Oswaldo Chacón Rojas, señaló que esta sanción es un avance simbólico, sin embargo, apuntó que en el futuro se deben garantizar los porcentajes y cuotas de representación de los menores de 25 años en la lista de candidaturas de los partidos políticos.

 

Explicó que fueron 2 mil 097 jóvenes postulados por los partidos políticos y candidaturas independientes, como aspirantes a un cargo de elección popular en los pasados comicios del 01 de julio, lo cual representó el 22% del total de las candidaturas. Del total de las y los jóvenes postulados, ganaron 227, es decir, 10.82%, pero solo 48 son propietarios, mientras que 179 son suplentes. “Los partidos utilizaron los espacios que tenían en sus suplencias para cumplir con esta obligación legal, pero el tema debe de ir más allá, respecto a cómo establecer mejores mecanismos y garantías para que se pueda cumplir eficazmente con este derecho que los jóvenes tienen consagrado y establecido en nuestra ley”.

 

Chacón Rojas dijo que lo anterior es algo que está establecido en la ley, donde se garantiza que la postulación y registro de candidaturas a Diputaciones locales y las planillas a integrar los Ayuntamientos, deben cumplir, no solamente con el principio de paridad en sus tres dimensiones: vertical, horizontal y transversal, donde en este proceso electoral se ha logrado avanzar de manera muy eficaz, tal y como lo muestran los resultados de las elecciones de 01 de julio; sino también hace referencia, a que el 20% de las candidaturas que presenten los partidos políticos y candidaturas independientes, deben ser para menores de 25 años.

 

“Es un tema que no deja de ser controversial. Hay quienes conciben la política como un proyecto de marcha, en el que hay que hacer méritos y por supuesto la madurez y la edad constituyen un factor muy importante. Lo cierto es que en la era de los derechos en que vivimos, pues también los jóvenes tienen su cuota de representación, y en nuestra legislación, se establece muy claramente la obligación que tienen los partidos políticos, de garantizarla”, enfatizó el Consejero Presidente del IEPC.

 

En el caso presentado durante la sesión, y atendiendo a los elementos anteriormente precisados, la conducta omisa de los partidos políticos Morena, Partido del Trabajo, Partido Encuentro Social, así como del candidato independiente a la presidencia municipal de Palenque, Rufino Gómez Martínez, en virtud de no atender a los requerimientos realizados por la autoridad electoral a efecto de que cumplieran con la norma establecida, fueron a quienes se les inició un Procedimiento Ordinario Sancionador.

 

El Consejo General también aprobó diferentes Procedimientos Especiales Sancionadores, en contra de Montserrat Palomino Figueroa, ex candidata a la Presidencia Municipal de La Trinitaria, por el Partido Verde Ecologista de México, por violaciones a la normatividad electoral, así como a Fernando Castellanos Cal y Mayor, ex candidato a la Gubernatura de Chiapas, postulado por el Partido Verde Ecologista de México, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, por contravenir normas sobre propaganda electoral.

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