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Reforman la constitución, el Gobernador ya podrá presentar informe el mismo año que corresponda

Reforman la constitución, el Gobernador ya podrá presentar informe el mismo año que corresponda
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Bernardino Toscano
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 14 de octubre de 2019 (muralchiapas.com).- Diputados del Congreso del Estado de Chiapas, recibirán este martes la propuesta que modifica la Constitución Política del Estado de Chiapas, para que el titular del ejecutivo rinda su informe de Gobierno el mismo año que corresponda y no 185 días después del inicio de sesiones, tal y como lo modificara el ex gobernador hoy senador de la república, Manuel Velasco Coello y que muchos diputados Verdes y Priista le sirvieron para reformar la constitución a su antojo en esa materia.
Actualmente la Constitución contempla que el ejecutivo puede entregar su informe de gobierno hasta 185 días después del inicio del primer periodo ordinario de sesiones del Congreso del Estado, es decir hasta el 4 de abril o 3 de abril s es año bisiesto, del siguiente año del ejercicio al que informaría.
Sin embargo, ahora la iniciativa de reforma constitucional enviada por el titular del ejecutivo del estado de Chiapas, Rutilio Escandon, considera dejarla prácticamente en los términos que estaba hasta antes que la configurara Velasco Coello y sus diputados en el Congreso, de los cuales aun permanecen 3 de ellos.
La iniciativa contempla la reforma al artículo 46 constitucional en donde se establece que el titular del ejecutivo local presentará entre el 1 y el 15 de diciembre de cada año, en sesión solemne, un informe por escrito acerca de la situación que guarden los diferentes ramos de la administración estatal, dando opción a que pueda llevarlo personalmente o enviarlo a través de la persona que el propio ejecutivo designe.
Asimismo, contempla que en el último año del sexenio, el Gobernador del Estado podrá presentar el informe a partir del 15 de noviembre del año que corresponda, en la fecha que determine, notificando al Congreso del Estado cuando menos con 15 días de anticipación.
También reforman el artículo 59 constitucional, ahí se establecen las facultades del ejecutivo y en la fracción XVIII sentencia que deberá presentar el informe que guarde la administración pública de la entidad.

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